- 14 de diciembre de 2023

12 años de prisión por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia, varios hechos, en concurso real”; ilícitos ocurridos en las ciudades de El Carmen y Perico.
El fallo fue dictaminado ayer 13 de diciembre de 2023, por
el Tribunal con Función de Juicio integrado por los jueces Dras. María
Margarita Nallar – presidenta de trámite-, Ana Carolina Pérez Rojas y Dr. Mario
Ramón Puig; secretaría a cargo de la Dra. Silvana Anún.
Constituidos en el recinto de audiencias de la Oficina de
Gestión Judicial, los magistrados además ordenaron el inmediato traslado del
condenado desde el lugar donde se encuentra detenido hacia el Servicio
Penitenciario de la Provincia para su alojamiento e incorporación al régimen de
progresividad de la pena.
Asimismo, resolvieron que, una vez firme y consentida la
sentencia, se obtengan los perfiles genéticos de J.E.R. a efectos de su
incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos
contra la Integridad Sexual.
Los hechos
Según la requisitoria de la Fiscalía, los hechos por los que
fue condenado J.E.R ocurrieron durante el mes de febrero de 2018 y hasta el mes
de noviembre de 2019, en un domicilio ubicado en la ciudad de El Carmen.
El acusado aprovechó la situación de convivencia con una
menor (quien en aquel entonces tenía entre 8 y 9 años de edad) y la abusó
sexualmente, en varias oportunidades.
En esos momentos el sujeto le dijo a la niña que no contara
lo sucedido a nadie, sino: “mataría a su mamá o a su papá”.
Estos hechos abusivos también se habrían producido en otras
dos oportunidades más y en el mismo espacio temporal, en un vehículo que era
conducido por el acusado J.E.R. cuando trasladó a la menor a comprar películas
en la ciudad de El Carmen, y en Perico al regresar de un día de pesca.
Alegatos
Durante los alegatos, la fiscal Dra. Romina Núñez, solicitó
la pena de 18 años de prisión para el acusado; a lo que adhirió la querella
particular (patrocinantes del padre de la niña), representada por los Dres.
José Manuel Vargas y Roberto Rodrigo Orozco.
En tanto, la defensa del acusado, ejercida por el Defensor
Público Penal Dr. Mario Contreras – perteneciente al Ministerio Público de la
Defensa -, pidió la absolución por el beneficio de la duda o bien la condena
sin los agravantes de la convivencia, que según consideró el letrado, no estaba
demostrado.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el
plazo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo
cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al
Tribunal de juicio.
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