- 09 de mayo de 2019

Desde el Ministerio de Seguridad de la Provincia se despliegan controles de velocidad con cinemómetros dispuestos en distintas rutas provinciales y nacionales.
El ministro de Seguridad, Ekel Meyer, supervisó
personalmente cómo se realizan los controles y habló con el personal sobre el
trabajo de prevención de siniestralidad vial.
La Secretaría de Seguridad Vial observa que uno de los
factores predominantes en la siniestralidad vial de nuestra provincia, es por
causa del exceso de velocidad. Es por esto que cuenta con seis cinemómetros que
se utilizan para medir velocidad en puestos móviles que se ubican en lugares
estratégicos.
Meyer informó que en lo que va del año ya se labraron 615
actas por exceso de velocidad y pidió “ser responsables y evitar siniestros
viales que los perjudiquen o pueda llegar a dañar a terceros”. Además, el
ministro consideró que “es necesario para bajar la siniestralidad vial”.
Teniendo en cuenta el artículo 51 inc. B de la Ley 24449,
informamos que las velocidades máximas son las siguientes:
RN N° 66: 110 km/h para vehículos livianos; 80 km/h para
vehículos pesados
RN N° 34 altura Pampa Blanca: 40 km/h para vehículos
livianos y pesados. (Señales transitorias de color naranja, se estableció esa
velocidad atendiendo a que el tramo se encuentra en obra).
RN N° 9 altura SPR: 80 km/h para vehículos livianos y
pesados.
Avda. General Savio: 60 km/h para vehículos livianos y
pesados (foto multas, sin puesto de detención de vehículos)
PROCEDIMIENTO DEL CONTROL DE VELOCIDAD:
Al ser controles móviles, el cartel de información sobre el
control de velocidad es transitorio y se coloca un kilómetro antes del puesto
de detención durante el tiempo que dure el control, siempre posterior al cartel
de velocidad máxima.
Luego del cartel de “control de velocidad” se ubica un
operario con el disparador del cinemómetro, quien se encarga de enfocar y medir
la velocidad de todos los vehículos que circulen por el lugar.
Posteriormente, si algún conductor fue detectado en infracción,
es decir a una velocidad superior a la permitida (más el 10%, es decir que si
la velocidad máxima es 80 se debe sumar el 10% de margen de error, por lo tanto
las infracciones se hacen a quienes circulen a una velocidad mayor a 88 km/h).
El disparador envía la información a la impresora de donde surge la imagen del
vehículo con el dominio correctamente identificado y otros datos como: lugar
del control, hora, tramo y velocidad de circulación.
ésta información es tomada por el personal policial que se
encuentra en el puesto de detención, quienes se encargan de identificar el
vehículo, solicitar la detención de la marcha y la documentación necesaria para
circular. En primer lugar, se informa al conductor sobre su infracción
(velocidad) y, en el caso de que surja alguna otra infracción, se agrega a la
de velocidad.
Las infracciones de velocidad en todos los puntos, se hacen
por el artículo 52 de la ley 24449. Además de la infracción, la licencia del
conductor será retenida.
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