- 11 de marzo de 2025

Un hombre identificado como L. M. M. fue condenado a la pena de 8 años de prisión.
Fue por ser autor penalmente responsable de los delitos de
“Amenazas, Privación ilegítima de la libertad agravada por el medio de comisión
y el vínculo y Abuso sexual con acceso carnal”, perpetrados contra su ex pareja
en la ciudad de Palpalá.
La sentencia fue dictaminada el 6 de marzo del año en curso,
en la Sala de Audiencias de la Oficina de Gestión Judicial, por las Juezas con
funciones de Juicio Dras. Felicia Barrios –presidente de trámite-, Margarita
Nallar y el juez Dr. Luciano Yapura; secretaría a cargo de la Dra. Mariana
Córdoba Etchart.
Los magistrados además ordenaron que L. M. M. mantenga su
alojamiento en el Servicio Penitenciario, a la vez que le impusieron la
prohibición de contacto por cualquier vía (llamadas, mensajes, WhatsApp, redes sociales,
etc.) con la víctima.
Asimismo, dispusieron, una vez firme la sentencia, la
obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su inscripción
en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos Contra la
Integridad Sexual.
Hechos
Según la requisitoria de la Fiscalía, el 24 de junio de
2023, aproximadamente a las 22.50 horas, en un domicilio del barrio San José de
Palpalá se encontraban la víctima, ex pareja del acusado L.M.M., junto a una
amiga.
En esa circunstancia se presentó el imputado en su motovehículo,
se bajó y comenzó a agredir verbalmente a la víctima. Al ser interrumpido por
la amiga de está, amenazó a su ex pareja, tras lo cual sacó de su bolsillo una
piedra y la tiró hacia donde estaban ambas mujeres, no logrando impactar en
ninguna de ellas; para luego subirse a su moto y retirarse del lugar.
Posteriormente, el 1 de julio de 2024, aproximadamente a las
11.00 horas, en una vivienda del barrio Alto Palpalá, la víctima se apersonó al
domicilio del acusado, quien la engañó con la excusa de que vaya a retirar a su
perrita para llevarla al veterinario.
Luego de ingresar a la casa de L. M. M. la mujer fue
empujada por este hacia una habitación, cerrando con llave la puerta de la
misma.
Seguidamente, el imputado volvió a empujarla haciendo que esta
se caiga y se golpee la cadera y la cabeza, para después proseguir
intimidándola, y pese a los pedidos de la mujer que la dejara ir no se lo
permitió.
Aproximadamente a las 15.00 horas del mismo día, mientras la
víctima continuaba encerrada el acusado la obligó a tener relaciones sexuales,
situación que se repitió.
Al día siguiente, 2 de julio de 2024, aproximadamente a las
05.00 horas, ambos se despertaron y allí, ante el pedido de la mujer para que
la deje ir, el imputado la obligó a
tener relaciones sexuales para dejar que la mujer se vaya.
El fiscal ante el Tribunal fue el Dr. Alejandro Gurrieri,
mientras que la querella estuvo representada por el Dr. Joaquín Campos, del Centro
de Asistencia a la Víctima.
Por su parte, la defensa técnica del acusado fue ejercida por
el Dr. Néstor Fabián Acosta.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer en el
plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo
cual las partes podrán recurrir la misma ante una instancia superior al
Tribunal de juicio.
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