- 10 de diciembre de 2020
El dictamen recibió modificaciones en artículos sobre menores de edad y objeción de conciencia. La jornada arrancará a las 11, cada orador tendrá cinco minutos y se votaría a las 4 de la madrugada del viernes.
El dictamen del proyecto de Interrupción Voluntaria del
Embarazo (IVE) recibió este miércoles algunos cambios durante la última jornada
de tratamiento en la Cámara de Diputados, proyectado especialmente al trámite
que tendrá en el Senado si, como se espera, la iniciativa llega allí con media
sanción.
Las modificaciones se produjeron en el artículo 8 sobre
personas menores de edad, en el artículo 10 sobre objeción de conciencia y se
agregó el artículo 11 sobre esta misma temática y las obligaciones que deben
cumplir los efectores de salud en relación a las prácticas de abortos.
Sobre la objeción de conciencia, en el texto original se
obligaba a los efectores de salud a garantizar el aborto en el caso de que una
persona gestante así lo requiriese. El artículo 11 deja sin efecto esa
cuestión, aunque obliga a aquellos efectores “que no cuenten con profesionales
para realizar la interrupción del embarazo a causa del ejercicio del derecho de
objeción de conciencia” a “disponer la derivación a un efector que realice
efectivamente la prestación y que sea de similares características al que la
persona solicitante de la prestación consultó”.
“En todos los casos se debe garantizar la realización de la
práctica conforme a las previsiones de la presente ley. Las gestiones y costos
asociados a la derivación y el traslado de la paciente quedarán a cargo del
efector que realice la derivación”, sostiene el artículo.
A propósito de las personas gestantes menores de 16 años con
embarazos no deseados que decidan abortar, se requerirá su consentimiento
informado y la asistencia de al menos uno de sus padres, conforme lo dispuesto
en el artículo 26 del Código Civil y Comercial, que indica que “la persona
menor de edad ejerce sus derechos a través de sus representantes legales”.
El proyecto original preveía que adolescentes de entre 13 y
16 años contaban con capacidad suficiente para prestar el debido consentimiento
sin el aval de los padres, y solamente exigía el consentimiento y asistencia de
los padres para las menores de 13 años.
El artículo 26 del Código Civil estipula que “el adolescente
entre trece y dieciséis años tiene aptitud para decidir por sí respecto de
aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de
salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física”.
Sin embargo, aclara que “si se trata de tratamientos invasivos
que comprometen su estado de salud o está en riesgo la integridad o la vida, el
adolescente debe prestar su consentimiento con la asistencia de sus
progenitores” y que “el conflicto entre ambos se resuelve teniendo en cuenta su
interés superior, sobre la base de la opinión médica respecto a las
consecuencias de la realización o no del acto médico”.
Otros aspectos clave
El proyecto de ley consagra el derecho de mujeres y personas
con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción
del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto, y recibir atención
postaborto en los servicios del sistema de salud.
-El aborto se permitirá hasta la semana 14 -inclusive- del
proceso gestacional. Fuera de ese plazo solo se podrá acceder en caso de
violación o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona
gestante.
-Mujeres y personas gestantes tienen derecho a acceder a la
interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de salud con su
asistencia, en un plazo máximo de 10 días corridos desde su requerimiento.
-Previo a la realización del aborto se requiere el
consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.
-El personal de salud no podrá negarse a la realización de
la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona
gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable.
-Tampoco se podrá alegar objeción de conciencia para negarse
a prestar atención sanitaria postaborto. El incumplimiento de los requisitos
para ejercer el derecho de objeción de conciencia dará lugar a las sanciones
disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda.
-Obras sociales y prepagas deben incorporar la cobertura
integral y gratuita de la interrupción voluntaria del embarazo. Estas
prestaciones quedan incluidas en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de
la Atención Médica y en el PMO con cobertura total, junto con las prestaciones
de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.
-El Estado tiene la responsabilidad de implementar la Ley
número 26.150 de Educación Sexual Integral, estableciendo políticas activas
para la promoción y el fortalecimiento de la salud sexual y reproductiva de
toda la población.
-Se modifica el artículo 85 del Código Penal, que quedará
redactado de la siguiente manera: “ARTíCULO 85. - El o la que causare un aborto
será reprimido: 1º) Con prisión de TRES (3) a DIEZ (10) años, si obrare sin
consentimiento de la persona gestante. Esta pena podrá elevarse hasta QUINCE
(15) años si el hecho fuere seguido de la muerte de la persona gestante. 2º)
Con prisión de TRES (3) meses a UN (1) año, si obrare con consentimiento de la
persona gestante, luego de la semana CATORCE (14) de gestación y siempre que no
mediaren los supuestos previstos en el artículo 86”.
-El artículo 86 quedará redactado así: “No es delito el
aborto realizado con consentimiento de la persona gestante hasta la semana
CATORCE (14) inclusive del proceso gestacional”.
Cómo será la sesión, paso a paso
-Arrancará a las 11 del jueves.
-Se tratará primero el proyecto de Interrupción Voluntaria
del Embarazo (IVE) y, luego, el Plan de los 1000 Días.
-Para el primer proyecto se estiman unos 170 oradores, y
para el segundo, unos 50.
-Para ambos casos habrá miembros informantes. Cada uno
tendrá 20 minutos para exponer y luego se pasará cada directamente a oradores
individuales, que tendrán un tiempo de cinco minutos cada uno.
-La lista de oradores se cerrará antes del inicio de la
sesión.
-No habrá homenajes, cuestiones de privilegio ni
apartamientos de reglamento al inicio de la sesión.
-El proyecto se votaría alrededor de las 4 de la madrugada
del viernes.
Fuente: TN
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