Pretenden suspender el régimen de movilidad jubilatoria de la docencia universitaria y el de los investigadores del sistema científico nacional.



Los artículos 51 y 52 del proyecto de ley “solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública” pretenden suspender, por 180 días, el régimen de movilidad jubilatoria de la docencia universitaria y el de los investigadores del sistema científico nacional, sin tener en cuenta que, en ambos casos, se realiza un aporte adicional del 2%, mensual por parte de cada una de los trabajadores, durante toda su vida laboral activa. No es una jubilación de privilegio; es un régimen especial, con aportes previos.

Consultada nuestra Federación CONADU Histórica, nos hacen saber que están realizando las reuniones con los diferentes sectores involucrados e intentando unificar acciones con las otras Federaciones de docentes universitarios y preuniversitarios.

Estamos particularmente preocupados porque, en el caso de la ley 26508 (régimen jubilatorio del personal docente de las universidades públicas nacionales), la suspensión del artículo 1º, incisos b y c, podría afectar, no sólo la movilidad de los haberes de quienes están jubilados (lo que es grave) si no, también, la determinación del haber jubilatorio inicial.

Esperamos informaciones sobre las gestiones que se están realizando en Buenos Aires y atentos a las comunicaciones, para movilizarnos en defensa de nuestros derechos, entre mañana y el jueves, que se trataría la ley (la Asamblea Extraordinaria requiere 5 días de publicación previo a su realización).

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