- 13 de abril de 2020
Se sumará a la campaña “Salvemos Nuestras Pymes”.
El joven líder de la Coalición Cívica ARI en la Provincia de Jujuy, José María Albizo Cazón (23), firmó un Ante-Proyecto de Ley que presentará ésta semana promoviendo el Poder Ejecutivo declare por un plazo de 180 días la emergencia productiva, económica, financiera y tarifaria de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con objeto de buscar evitar la caída del sector privado y morigerar el impacto económico negativo y no deseado, de las correctas medidas sanitarias, sobre el comercio y el empleo.
La iniciativa legislativa que promueve Albizo Cazón, y por la cual
se sumará a la campaña “#SalvemosNuestrasPymes” para en su caso, bregar por su
tratamiento en sesión especial, contiene una batería de medidas que buscan
oxigenar al sector privado frente al decretado aislamiento social, preventivo y
obligatorio, que según arrojó un informe de la Unión de Empresarios de Jujuy
(UEJ), de 220 empresas encuestadas, la pandemia dejaría a un 17,7% de ellas
fuera de condiciones de reabrir.
Es en ese sentido que el titular de la CC-ARI, contemplando las
advertencias de los especialistas en torno a la acuciante situación en la cual
se hallan las micro, pequeñas y medianas empresas, consideró como medidas
focales, se suspenda por 180 días -prorrogables en igual término-, los cortes
en el suministro de los servicios públicos, siendo el pago de las facturas
correspondientes diferido temporalmente, y las obligaciones impagas que se
registren se habilite sean financiadas en hasta 12 cuotas sin recargos ni
intereses punitorios.
Por otra parte, transcribiendo textualmente el art. 4° de la
iniciativa, se pedirá también sean suspendidas “por el plazo de ciento ochenta
días (180), prorrogable por igual plazo, contados desde la entrada en vigencia
del Decreto Nacional 297/2020, todas las medidas cautelares y ejecuciones
judiciales derivadas de títulos ejecutivos emitidos por la Provincia de Jujuy,
cuya finalidad haya sido el cobro de deudas impositivas”.
A su vez, de manera complementaria Albizo Cazón sugiere la
aplicación de medidas y esquemas de beneficios fiscales, entre los cuales,
nombrando solo algunos de ellos, se halla la implementación de: “planes de
refinanciación de deudas impositivas sin penalidades, recargos, ni intereses
punitorios para las obligaciones vencidas durante la vigencia del ‘aislamiento
social, preventivo y obligatorio’ decretado por el Poder Ejecutivo Nacional”,
“prórrogas para el vencimiento y el pago de los impuestos provinciales cuyos
vencimientos operen durante el período de vigencia del estado de emergencia”,
“prórrogas de presentaciones de declaraciones juradas y pagos, totales o
parciales, del Impuesto a los Ingresos Brutos”, “desgravación de retenciones de
Ingresos Brutos a toda operación bancaria realizada por una micro y pequeña
empresa por un plazo de 180 días “ y por ejemplo la “suspensión de el curso de
los intereses de las obligaciones tributarias durante el ‘aislamiento social,
preventivo y obligatorio’ dictado por el Decreto Nacional 297/2020′.
“No obstante, independientemente de todas las medidas que puedan
tomarse en el fuero estrictamente de competencia provincial, es imprescindible
desarrollar en forma conjunta con los municipios, estrategias que contribuyan
al sostenimiento de las micro y pequeñas empresas que en ellos se hallan,
promoviendo porque no, la generación de un régimen de promoción local, y
facilidades de pago para regularizar deudas de tasas e impuestos municipales. Y
puntualmente en el caso de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, me parece
crucial una mesa de diálogo para concertar estrategias de pago del servicio de
limpieza que se haya concesionado y sostiene aumentos compulsivos permanentes”,
manifestó Albizo Cazón.
Por último, el proyecto bajo la firma de la Coalición Cívica ARI
también insta tanto a la planificación de un esquema de subsidios, como a la
implementación de una línea de créditos especiales a tasa cero para las micro y
pequeñas empresas, y como parámetro para las medianas, a tasa activa mínima del
Consejo de la Microempresa, la cual oscilaría un 12,5%, con objeto de
garantizar la “subsistencia y recuperación económica de los sujetos
comprendidos en la presente ley”.
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