- 28 de mayo de 2024

Condenaron al Padre Coco a la pena de quince años de prisión por ser considerado autor del delito de “Abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado por ser cometido por dos personas y por ser miembro de un culto religioso”.
Además a María Cielo Regazzoni a diez años de prisión por
ser penalmente responsable en carácter de partícipe necesario del delito de
“Abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado por ser cometido por
dos personas y por ser miembro de un
culto religioso”, en el marco de un juicio oral concluido hoy 28 de mayo de
2024.
Además, absolvió por el beneficio de la duda a Leandro Jesús
Torres Barroso de los delitos por los que llegó acusado a juicio y ordenó su
inmediata libertad.
El fallo fue dictado las juezas Dras. Ana Carolina Pérez
Rojas –presidenta de trámite- y Pamela De Las Cruces –habilitada-, y el juez
Dr. Mario Ramón Puig; secretaría a cargo del Lic. Nelson Echenique y del Dr.
Ricardo Grisetti.
Los jueces también, absolvieron por el beneficio de la duda
a Ricardo Quiroga del delito de “Corrupción de menores agravado por la edad de
la víctima”, no hicieron lugar al pedido de prisión domiciliaria y ordenaron su
inmediato traslado al Servicio Penitenciario.
En el mismo sentido, absolvieron por el beneficio de la duda
a Cielo Regazzoni del delito de “Corrupción de menores agravado por la edad de
la víctima”, ordenaron su inmediata detención y traslado al establecimiento
penitenciario provincial.
En el veredicto se dispuso que, una vez firme y consentida
la sentencia, deberá disponerse la toma de muestra tendiente a lograr la
identificación genética de los condenados Quiroga y Regazzoni para su
inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos.
Acusación
Con respecto a los acusados, la requisitoria de la Fiscalía
indica que el 24 de octubre de 2020, entre las 14 y las 16 horas, María Cielo
Regazzoni habría llevado a una niña de diez años de edad a un domicilio ubicado
en el centro de la ciudad de El Carmen.
Allí la habría dejado junto al imputado Ricardo Quiroga,
sacerdote a cargo de una parroquia de esa ciudad, quien habría golpeado a la
niña y luego la llevó hasta uno de los dormitorios del inmueble donde perpetró
el abuso sexual.
Posteriormente, la acusada llevó a su domicilio a la niña
donde procedió a bañarla y decirle que iba a quemar su ropa interior que tenía
sangre.
Al día siguiente, Regazzoni junto a la víctima fueron al
domicilio donde se perpetró el abuso y en el lugar el acusado Quiroga le
entregó a la acusada la suma de $1000 y un papel que decía “te doy $1500 por
tener relación contigo otro día, pensalo bien”, para luego retirarse del
mencionado domicilio.
Alegatos
Como fiscales ante el Tribunal se desempeñaron el Dr. Walter
Rondón y la Dra. Romina Núñez, quienes, en los alegatos finales, solicitaron la
pena de 20 años de prisión para Quiroga, Torres Barroso y Regazzoni. Al pedido
de la fiscalía se adhirió la querella, representada por el Dr. Jorge César
Toconas.
En tanto, la defensa técnica de Quiroga, ejercida por el Dr.
Víctor Colina, pidió la absolución del sacerdote por el beneficio de la duda.
Por su parte, los abogados defensores de Torres Barroso, la
Dra. Sara Cabezas y el Dr. Gustavo Reynoso requirieron su absolución lisa y
llana; al igual que la defensa de Regazzoni, representada por el Dr. Moisés
Abel Segovia.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el
plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo
cual las partes podrán recurrirla ante una instancia superior al Tribunal de
juicio.
COMENTARIOS
No han dejado comentarios
Escriba su comentario