- 26 de marzo de 2020

El permiso solo es válido para el cumplimiento de la actividad laboral.
El Ministerio de Seguridad de la Provincia informa que a
partir de hoy las personas que trabajen de manera informal o que cumplan
funciones de forma particular y no cuenten con quién les certifique su labor y
que estén previstos en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297, podrán
circular con una Declaración Jurada que deberá descargar en
www.seguridad.jujuy.gob.ar, siempre acompañada del Documento Nacional de
Identidad.
Se aclara que dicho permiso solo es válido para el
cumplimiento de la actividad laboral, es decir, se podrá cumplir con la jornada
laboral y regresar al domicilio, no para transitar por lugares que no estén
previstas en la declaración jurada.
Los trabajadores en relación de dependencia solo podrán
circular con un certificado de la empresa o institución a la que pertenece,
dónde se justifique la circulación del trabajador o trabajadora.
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