- 19 de enero de 2020

Se encuentra vigente la Ordenanza N° 6857/16
Desde la Municipalidad de San Salvador de Jujuy recordaron a los ciudadanos que se encuentra vigente la Ordenanza N° 6857/16 sancionada por el Concejo Deliberante y promulgada por el Ejecutivo que establece obligación del frentista de construir y conservar la vereda de su frente.
Solemos encontrarnos con baldosas sueltas, roturas en las
veredas que generan malestar y problemas para transitar de manera cómoda y
segura. Por tal motivo, desde el Municipio capitalino, instaron a los vecinos a
cumplir con su responsabilidad como ciudadanos.
En este sentido, recordaron que la Ordenanza N° 6857/2016
establece que es responsabilidad del frentista construir y conservar las
veredas en buen estado, sea éste construido o baldío en el ámbito de la ciudad
de San Salvador de Jujuy.
En el caso de no tener sus veredas en condiciones, los
frentistas- según la normativa- tienen un plazo de treinta días a para la
reparación de la vereda; vencido el mismo, en el caso de que no hayan
normalizado la situación o que la misma se encuentre en vía de solución; serán
notificados para que en un nuevo plazo de treinta días, realicen las
reparaciones o construcciones necesarias, caso contrario serán multados con una
penalización de 1000 Unidades Fijas.
A fin de evitar sanciones, instan a la comunidad a
regularizar sus situaciones particulares, quienes así lo quisieran hacer y no
cuentan con la mano de obra, puede acreditar- mediante constancia de familia
condición crítica- , podrán solicitar al Municipio, la provisión de mano de
obra y asistencia técnica para la realización de la misma. No obstante,
recuerdan que en ningún caso departamento ejecutivo podrá comprometerse a la
provisión del material necesario.
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