- 19 de septiembre de 2023

El Tribunal de Revisión resolvió, por unanimidad, rechazar los recursos de revisión interpuestos por las defensas técnicas de Mauricio Esteban Abad, Raúl Arnaldo Cachizumba.
El menor de edad al momento del hecho – T.E.F.-, y en
consecuencia confirmó la sentencia de fecha 12 de mayo de 2023 dictada por el
Tribunal en lo Criminal Nº 3 en el juicio por el femicidio de Iara Rueda.
Así lo resolvieron hoy, 18 de septiembre de 2023, los jueces
Dra. Gisela Rita Macina – presidenta de trámite-, Dr. Cristian Torres
Magallanes y Dra. Claudia Cecilia Sadir,
quienes confirmaron la pena de prisión perpetua aplicada a Raúl
Cachizumba y Mauricio Abad como autores materiales y responsables del delito de
“Homicidio doblemente agravado por alevosía y de una mujer cuando el hecho sea
perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”; como así también, la
declaración de responsabilidad del menor, T.E.F., del delito de “Homicidio
triplemente agravado por el vínculo, por alevosía y de una mujer cuando el
hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”, en carácter
de autor.
Como se recordará, el femicidio de Iara Rueda ocurrió los
últimos días del mes de septiembre de 2020 y su cuerpo fue encontrado en un
descampado situado en el barrio Antártida de Pálpala.
Las partes que intervinieron en el trámite de los recursos
de revisión fueron los Dres. Rodrigo Fernández Ríos y Diego Cussel en
representación del Ministerio Público de la Acusación; como querellantes el Dr.
Julián Ernesto Palmieri en representación de Juan Rueda y Mónica Cunchila,
padres de Iara Rueda; y los Dres. Miriam Valdéz y Leonardo Fernández en
representación del Consejo Provincial de la Mujer.
En tanto, como abogados defensores ejercieron la Dra. Sara
Cabezas por el menor de edad; los Dres. Gustavo Reynoso y Marcos Reynoso por
Cachizumba; y los Dres. Antonio Vargas y Jorge Soria por Abad.
El Tribunal de Revisión dará a conocer los fundamentos de la
sentencia en el plazo establecido por el Código Procesal Penal, a partir de lo
cual las partes podrán recurrir ante la Suprema Corte de Justicia de la
Provincia.
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