- 11 de agosto de 2021
Asimismo, aprobó la Ley Nº 6227 que establece la creación de tres comisiones municipales: Palca de Aparzo, el Moreno y Uquía.
La Cámara de Diputados provincial aprobó la Ley Nº 6229, que
ratifica el Decreto Acuerdo Nº 3768 que establece la obligatoriedad de la
vacunación contra el COVID-19, para todos los agentes dependientes de la
administración pública provincial, entidades autárquicas, organismos
centralizados y descentralizados, empresas y sociedades del Estado, cualquiera
sea su situación de revista y lugar en que presten servicios.
Respecto de la Ley Nº 6229, el diputado Alberto Bernis
destacó que la obligatoriedad es para la administración pública y que es una
medida buena porque va a significar salvar muchas vidas. Cabe destacar que la
Legislatura adhirió al Decreto Acuerdo Nº 3768, ratificado mediante la
mencionada Ley.
Por otro lado, la Ley Nº 6227 que establece la creación de
las comisiones municipales de Palca de Aparzo, el Moreno y Uquía afirma que las
mismas estarán integradas por cuatro miembros, los dos candidatos más votados
cumplirán el mandato por 4 años y los dos que les siguen en cantidad de votos
tendrán un mandato de dos años. Cabe destacar que el proyecto de Ley enviado
por el Poder Ejecutivo fue trabajado y analizado en la Comisión de Asuntos
Institucionales, junto a representantes de las comunidades.
El diputado Humberto López, miembro informante del proyecto,
explicó que el mismo se funda en la necesidad de conformar en cada localidad,
estructuras institucionales democráticas, idóneas, acordes a la real situación
de las comunidades o poblaciones que las integran, con autonomía suficiente
para resolver asuntos de índole local, institucional, político, administrativo,
económico y financiero. “El Gobierno de la Provincia no es ajeno a las
necesidades de las comunidades; persigue el bienestar general, respeto a
derechos y libertades fundamentales, desarrollo sustentable, entendimiento e
interrelación mutua, en concordancia con preceptos constitucionales”, finalizó
López.
Asimismo, la Ley Nº 6227 establece que el Poder Ejecutivo
Provincial incluirá en el llamado a Elecciones Provinciales o Nacionales
correspondientes, cuyo cronograma electoral lo permita, a partir de la fecha de
aprobación de la Ley, los cargos a miembros de las Comisiones Municipales,
quienes asumirán sus funciones el día 10 de Diciembre de este año.
En la ocasión también fue ratificado, a través de la Ley Nº
6228, el "Marco normativo para la producción de medicamentos de la
Provincia de Jujuy". Al respecto, el diputado Ramiro Tizón explicó que el
proyecto surgió para responder a la necesidad de regular la habilitación y
funcionamiento de laboratorios farmacéuticos industriales; la producción de
medicamentos y productos que tengan por fin modificar sistemas fisiológicos en
beneficio de las personas y animales, así como su comercialización dentro del
territorio provincial.
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