Debido a la pandemia las elecciones del PJ se recial izarán el 21 de marzo del 2021, según la resolución N°5 de la junta electoral del partido justicialista a nivel nacional.

JUNTA ELECTORAL DEL PARTIDO JUSTICIALISTA NACIONAL

RESOLUCION Nº 5

VISTO:

El cronograma electoral oportunamente aprobado por el Consejo Nacional Federal actualmente en ejecución y las modificaciones dispuestas por este cuerpo; y

CONSIDERANDO:

Que persiste la grave situación sanitaria mundial que motivó que el Poder Ejecutivo Nacional oportunamente resolviera en todo el país el aislamiento social preventivo y obligatorio a través de distintas disposiciones; Que no obstante la situación sanitaria de público conocimiento el proceso electoral interno viene ejecutándose dentro de los términos previstos primero por el Consejo Nacional Federal y modificados luego por este cuerpo; Que con fecha 16 de Noviembre vence el plazo de presentación de listas, candidatos y avales; Que esta emergencia hace materialmente imposible que los afiliados puedan cumplir adecuadamente con los términos del actual cronograma ya que se requiere en esta etapa la participación personal de los mismos, por lo que corresponde que esta Junta reformule el cronograma electoral a efectos de continuar con el proceso de renovación interno de autoridades oportunamente convocado facilitando la participación del cuerpo de afiliados en el mismo;

Que distintos agrupamientos de afiliados han solicitado a las autoridades y a esta Junta una postergación de fechas del Cronograma Electoral en ejecución;

Que la persistencia temporal de este cuadro sanitario podría obligar a una nueva postergación de los términos del cronograma electoral por parte de esta Junta;

Que este cuerpo está facultado para ello;

POR ELLO:

LA JUNTA ELECTORAL DEL PARTIDO JUSTICIALISTA NACIONAL RESUELVE:

Artículo 1°: Aprobar el nuevo cronograma electoral que como Anexo 1 forma parte de la presente, el cual quedará indefectiblemente supeditado a las condiciones epidemiológicas y sanitarias imperantes en el país y a las determinaciones que eventualmente disponga el Poder Ejecutivo Nacional al momento de su efectiva ejecución.

Artículo 2°: Publíquese en el sitio web del partido consignándose fecha y hora de su publicación.

CRONOGRAMA

COMENTARIOS

No han dejado comentarios

Escriba su comentario

Nombre (*)
Email (*) (no será publicado)
Mensaje (*)



Código de Validación
(*) Datos obligatorios