- 10 de noviembre de 2020
Debido a la pandemia las elecciones del PJ se recial izarán el 21 de marzo del 2021, según la resolución N°5 de la junta electoral del partido justicialista a nivel nacional.
JUNTA ELECTORAL DEL PARTIDO JUSTICIALISTA NACIONAL
RESOLUCION Nº 5
VISTO:
El cronograma electoral oportunamente aprobado por el
Consejo Nacional Federal actualmente en ejecución y las modificaciones
dispuestas por este cuerpo; y
CONSIDERANDO:
Que persiste la grave situación sanitaria mundial que motivó
que el Poder Ejecutivo Nacional oportunamente resolviera en todo el país el
aislamiento social preventivo y obligatorio a través de distintas disposiciones;
Que no obstante la situación sanitaria de público conocimiento el proceso
electoral interno viene ejecutándose dentro de los términos previstos primero
por el Consejo Nacional Federal y modificados luego por este cuerpo; Que con
fecha 16 de Noviembre vence el plazo de presentación de listas, candidatos y
avales; Que esta emergencia hace materialmente imposible que los afiliados
puedan cumplir adecuadamente con los términos del actual cronograma ya que se
requiere en esta etapa la participación personal de los mismos, por lo que
corresponde que esta Junta reformule el cronograma electoral a efectos de
continuar con el proceso de renovación interno de autoridades oportunamente
convocado facilitando la participación del cuerpo de afiliados en el mismo;
Que distintos agrupamientos de afiliados han solicitado a las
autoridades y a esta Junta una postergación de fechas del Cronograma Electoral
en ejecución;
Que la persistencia temporal de este cuadro sanitario podría
obligar a una nueva postergación de los términos del cronograma electoral por
parte de esta Junta;
Que este cuerpo está facultado para ello;
POR ELLO:
LA JUNTA ELECTORAL DEL PARTIDO JUSTICIALISTA NACIONAL RESUELVE:
Artículo 1°: Aprobar el nuevo cronograma electoral que como
Anexo 1 forma parte de la presente, el cual quedará indefectiblemente
supeditado a las condiciones epidemiológicas y sanitarias imperantes en el país
y a las determinaciones que eventualmente disponga el Poder Ejecutivo Nacional
al momento de su efectiva ejecución.
Artículo 2°: Publíquese en el sitio web del partido
consignándose fecha y hora de su publicación.
CRONOGRAMA
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