- 23 de octubre de 2023
El Tribunal en lo Criminal Nº 1 declaró admisible el acuerdo de juicio abreviado al que llegaron el Fiscal, el acusado y su abogada defensora, y en consecuencia hizo lugar a la condena solicitada de 11 años de prisión efectiva para José Félix Díaz.
Fue por ser autor penalmente responsable del delito de
“Homicidio Simple”.
El ilícito tuvo como víctima a Darío González y ocurrió en
el Asentamiento 13 de Julio del barrio Malvinas Argentinas de San Salvador de
Jujuy.
El veredicto fue emitido días atrás por la jueza Felicia
Barrios– presidente de trámite-, y los jueces Luciano Yapura y Cristian Molina
– habilitado. Como secretaría de trámite se desempeñó la Dra. Mariana Córdoba
Etchart.
Los hechos
De acuerdo con la acusación formulada por la Fiscalía, José
Félix Díaz fue condenado por lo sucedido el 16 de octubre de 2021,
aproximadamente a las 15.15 horas, cuando la víctima, Darío González, se
encontraba en la puerta de su domicilio ubicado en el Asentamiento 13 de julio del
barrio Malvinas Argentinas.
En esas circunstancias, el acusado Díaz, previo mantener una
discusión con la víctima en la cual intercambiaron golpes de puño, extrajo un
elemento punzo cortante con el cual, a pesar de la defensa emprendida por
González, le produjo una herida en el pecho que le provocó la muerte.
Posteriormente, Díaz se dio a la fuga saltando un paredón de
bloques.
Juicio Abreviado
El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que
se aplicó el procedimiento de Juicio Abreviado, establecido en el Artículo 411
del Código Procesal Penal de la Provincia.
El mismo puede ser aplicado a solicitud del Ministerio
Público Fiscal si este considera que corresponde aplicarle al acusado una pena
privativa de la libertad.
Además, para que esta solicitud sea admisible, es necesaria
la conformidad del imputado, quien asistido por su defensor o defensora admite
la existencia del hecho y su participación en el mismo.
El Fiscal, representante del Ministerio Público de la
Acusación, fue el Dr. Marcelo Cuellar; mientras como querellante se desempeñó
el Dr. Joaquín Campos, del Centro de Atención a la Víctima.
En tanto, la defensa técnica del condenado fue ejercida por
la Defensora Pública Penal Dra. María Florencia Quintar, representante del Ministerio
Público de la Defensa Penal.
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