Las elecciones de este domingo son de carácter obligatorio para todos los electores que figuren en el padrón.

En caso de no haber emitido voto en solo un acto electoral (ya sea primarias o generales) el valor de la multa será de $50.

Si el elector se ausentare tanto en las PASO como en las generales, deberá abonar una multa por $100.

El que no vota en las elecciones provinciales ingresa a un registro de infractores y se le aplica una multa, salvo que justifique su ausencia ante la Secretaría Electoral que corresponde dentro de los 60 días posteriores de la elección.

La Cámara Nacional Electoral fijó en $50 el importe de las multas para las personas que no voten en las PASO y no justifiquen su ausencia.

El monto crecerá a $100 si también faltan en las elecciones generales de octubre.

Para consultar si estas en el registro de infractores ingresa a https://infractores.padron.gob.ar/ .

¿En qué casos estoy exceptuado de asistir a votar?

En los siguientes casos los electores quedan exentos de la obligación de votar:

- Si el día de los comicios te encontrás a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar.

- Si estás enfermo o imposibilitado por fuerza mayor –suficientemente comprobada– que te impida asistir al establecimiento de votación.

- Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones, estás impedido de asistir a votar.

- Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.

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