- 26 de octubre de 2019

Las elecciones de este domingo son de carácter obligatorio para todos los electores que figuren en el padrón.
En caso de no haber emitido voto en solo un acto electoral
(ya sea primarias o generales) el valor de la multa será de $50.
Si el elector se ausentare tanto en las PASO como en las
generales, deberá abonar una multa por $100.
El que no vota en las elecciones provinciales ingresa a un
registro de infractores y se le aplica una multa, salvo que justifique su
ausencia ante la Secretaría Electoral que corresponde dentro de los 60 días
posteriores de la elección.
La Cámara Nacional Electoral fijó en $50 el importe de las
multas para las personas que no voten en las PASO y no justifiquen su ausencia.
El monto crecerá a $100 si también faltan en las elecciones
generales de octubre.
Para consultar si estas en el registro de infractores
ingresa a https://infractores.padron.gob.ar/
.
¿En qué casos estoy
exceptuado de asistir a votar?
En los siguientes casos los electores quedan exentos de la
obligación de votar:
- Si el día de los comicios te encontrás a más de 500
kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar.
- Si estás enfermo o imposibilitado por fuerza mayor
–suficientemente comprobada– que te impida asistir al establecimiento de votación.
- Si sos parte de un organismo o empresa de servicios
públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones, estás
impedido de asistir a votar.
- Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código
Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante
los comicios.
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