- 08 de mayo de 2019

Se incorpora al servicio web la posibilidad de liquidar y pagar las tasas retributivas de servicios del Poder Judicial en todas sus etapas.
La Dirección Provincial de Rentas informa que se encuentra
en vigencia la Resolución General N° 1527/2019, en virtud de la cual se
incorpora al servicio web la posibilidad de liquidar y pagar las tasas
retributivas de servicios del Poder Judicial en todas sus etapas.
Desde el organismo provincial explicaron que esto significa
que las tasas iniciales de la totalidad de procesos (como se venía ya haciendo
en la actualidad), y a partir del 2 de mayo pasado, también las tasas finales
que hasta ese momento se liquidaban solo en Casa Central debiendo concurrir el
letrado con el expediente Judicial.
Este servicio, se encuentra disponible en la página de la
Dirección Provincial de Rentas sin clave fiscal, pero ahora se le suma también
la posibilidad de que el peticionante que acceda a la página de la Dirección
con su clave fiscal pueda también realizar el pago de la Tasa requerida para
aquel trámite en el mismo portal. Esto puede abonarse con tarjeta de crédito,
débito o Interbanking.
La diferencia en el servicio de acceder sin la Clave Fiscal
y con ella, radica en que, de la primera forma, una vez liquidada la tasa de
Justicia se puede imprimir el volante de pago para abonarlo en cualquiera de
los canales habilitados para su cobro (Banco Macro, Rapipago, Pagofacil). En
tanto, que, de la segunda, (con clave fiscal) se pueda abonar en la web de la
Dirección con tarjeta de crédito, débito o interbanking.
Esta modificación pretende facilitar a los profesionales la
liquidación y pago de la Tasa de Justicia, a través de una herramienta
puramente digital, de fácil uso y que no requiere retirar el expediente del
tribunal ni concurrir a las oficinas de la Dirección Provincial de Rentas.
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