- 26 de febrero de 2024

El Tribunal con función de Juicio condenó a un profesor de danzas, a la pena de 9 años de prisión.
Fue por ser autor penalmente responsable del delito de
“Abuso sexual por aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima con
acceso carnal agravado por ser el encargado de la educación (dos hechos) en
concurso real”, hecho ocurrido en la ciudad de San Salvador de Jujuy.
Asimismo, dispuso mantener la situación de libertad del
condenado hasta tanto quede firme la sentencia recaída sobre el mismo, tras lo
cual se procederá a su inmediata detención, traslado y alojamiento en el
Servicio Penitenciario de la Provincia; ordenando se mantengan las medidas
precautorias de protección de la víctima dispuestas oportunamente por el
Tribunal en lo Criminal Nº 3.
Además, los magistrados autorizaron la obtención de los
perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro
Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual,
una vez firme y consentida la sentencia.
Así lo resolvieron los jueces Dres. Salvador Gustavo Ortiz –
presidente de trámite por habilitación- y Luis Ernesto Kamada y la jueza Dra.
Claudia Cecilia Sadir, en el veredicto que fue dado a conocer por la secretaria
del Tribunal, Dra. Analía Savio, el pasado 22 del corriente mes y año.
Los hechos
De acuerdo al requerimiento de la Fiscalía, F. C. R. R. fue condenado
por dos delitos perpetrados contra una menor de 15 años edad, de la cual era su
profesor de danza.
Los mismos ocurrieron en el interior de un instituto privado
integral de danza que funcionaba en dependencias de un club deportivo ubicado
en un barrio de la zona sur de San Salvador de Jujuy. El primer hecho sucedió
un día sábado, entre los meses de abril y julio de 2021, mientras que el segundo
en noviembre del mismo año.
En ambas circunstancias el acusado, de 65 años de edad al
cometer los ilícitos, valiéndose de la relación educativa, se aprovechó de la
inmadurez sexual de su alumna para abusarla.
Alegatos
En los alegatos, el representante del Ministerio Público de
la Acusación, Dr. Aldo Lozano, solicitó la pena de 16 años de prisión para el
enjuiciado; mientras que el abogado querellante, Dr. Joaquín Campos, del Centro
de Asistencia a la Víctima, formulo idéntica petición que el Fiscal.
Por su parte, el abogado defensor, Dr. Carlos Alberto
Rodríguez Vega, requirió la absolución lisa y llana por inexistencia de la
acreditación del hecho, o en subsidio la absolución por el beneficio de la duda
para su defendido. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro
del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de
lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de
juicio.
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