- 02 de octubre de 2025
El Ministerio de Ambiente y Cambio Climático informa sobre el protocolo de ingreso al Parque Provincial Potrero de Yala y otras Áreas Protegidas de Jujuy.
El Ministerio de Ambiente y Cambio Climático informa que
existe una normativa vigente que regula las actividades que se pueden realizar
dentro del Parque Potrero de Yala y otras áreas Protegidas de Jujuy, a fin de
proteger la biodiversidad y la salud y seguridad de las personas.
El Protocolo de ingreso y permanencia en las áreas
Protegidas de Jujuy, está dispuesto en la Resolución N°101/2025, emitida por la
Secretaría de Biodiversidad y Desarrollo Sustentable, y regula actualmente las
actividades de uso público y turístico dentro del Parque Provincial Potrero de
Yala y otros espacios protegidos de la provincia.
Al respecto, la directora de Protección a la Biodiversidad y
áreas Protegidas, Malvina Quintana, explicó que esta Resolución establece
disposiciones para ordenar el ingreso y permanencia de las personas, y el
desarrollo de actividades en el Parque Provincial Potrero de Yala; con el
objetivo de garantizar la conservación de la biodiversidad, la reducción de
riesgos ambientales, y resguardar la seguridad de las y los visitantes.
“Este tipo de normas buscan prevenir y evitar situaciones
como el incendio forestal que se originó en el Cerro Azul, donde el fuego que
se produjo al extraviarse una persona, puso en riesgo no sólo la flora y fauna
nativa, sino también la seguridad de las comunidades cercanas y de los equipos
de trabajo que ascendieron a sofocar el incendio”, comentó Quintana sobre lo
ocurrido los últimos días y que es de público conocimiento.
Requisitos para acceder a realizar actividades en el Parque
Potrero de Yala
Uno de los requisitos para el ingreso a las áreas Protegidas
de Jujuy es la inscripción obligatoria en la Dirección de Biodiversidad y áreas
Protegidas del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, condición
indispensable para operar legalmente en esos lugares, que deberán cumplir tanto
personas físicas como jurídicas que deseen desarrollar actividades turísticas,
recreativas, de guiado, acampe, transporte u otras vinculadas al uso público
dentro del Parque Provincial Potrero de Yala.
La inscripción permite llevar un registro formal y
actualizado de los prestadores y usuarios, garantizar que las actividades se
realicen en el marco de la normativa ambiental vigente, bajo criterios de
sostenibilidad y seguridad, y favorecer un control más eficiente por parte del
Estado provincial, a fin de prevenir prácticas inadecuadas que puedan poner en
riesgo la biodiversidad, el patrimonio natural y la seguridad de las personas.
En este sentido, se puntualiza sobre las actividades de
trekking o deportes de similares características.
Se recuerda a la ciudadanía que el cumplimiento de esta
normativa es una condición irrestricta que garantiza el compromiso colectivo en
el cuidado del Parque Provincial Potrero de Yala, de los bosques nativos
contenidos en el área protegida, y de toda la biodiversidad que constituye un
patrimonio único para la provincia de Jujuy.
Para consultas y/o más información, dirigirse a Republica de
Siria N° 147, de lunes a viernes (días hábiles) de 7:30 a 13 horas. Teléfono:
388 4249261.
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