- 21 de febrero de 2020

Los vecinos ya pueden acercarse al punto más cercano a su domicilio.
La Municipalidad de San Salvador de Jujuy, puso a
disposición los Centros de Participación Vecinal, los Núcleos de Innovación y
Desarrollo de Oportunidades, los Centros de Acción Municipal y los Centros
de Integración Comunitaria, para que sean receptores de documentación para
el reempadronamiento de la tarifa social eléctrica.
Desde la coordinación gral. de Descentralización,
dependiente de Intendencia, informaron que se están articulando las
tareas para llevar a cabo el reempadronamiento de este beneficio tan
importante para la sociedad, en todos los entes descentralizados que
tiene el Municipio, trabajando en conjunto con el Gobierno de la Provincia
y la SuSePu para agilizar este trámite.
Asimismo se detalló,desde la dirección general de
Planificación, que los Centros Vecinales, también participarán del
reempadronamiento, siendo agentes multiplicadores de información para todos los
vecinos y recepcionando la documentación.
Los requisitos con los que deben presentarse los
interesados, para armar el legajo que será presentado a la
SuSePu para su correspondiente evaluación, son:
1- Fotocopia de última factura de energía eléctrica
emitida.
2- Fotocopia de DNI del titular del servicio y de los
miembros del grupo familiar.
3- Constancia de CUIL del titular y de los miembros del
grupo familiar.
4-Si es beneficiaria de Programas Sociales, documento que
acredite tal situación y/o fotocopia del último recibo de percepción del
subsidio.
5-Si es trabajador en relación de dependencia,
Jubilado, Pensionado, beneficiario de una Pensión No Contributiva, Trabajador
Desocupado que percibe seguro de Desempleo o ser titular de
una pensión vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur,
presentar fotocopia de recibo de haberes o pensión emitida por
el empleador y/o ANSES, respectivamente.
-Si está inscripto como monotributista o monotributo
social, comprobante de inscripción en la AFIP.
6-Si es empleado/a de servicios domésticos, fotocopia de
comprobante de pago de aportes a la seguridad social, realizado por el
empleador.
7-Si es persona con discapacidad, acreditar mediante el CUD
otorgado por el Ministerio de Salud de la Provincia.
8-Si forman parte del grupo familiar conviviente
y tienen otros Ingresos, deberán cumplimentar con los requisitos 4,
5, 6, 7 y 8 precedentes.
9-Si es mayor de 18 años, certificación de negatividad
10- Nota dirigida a: "Sr. Presidente de
SUSEPU" : Ing. Héctor Rafael Simone
Desde la SuSePu, el organismo encargado de otorgar el
benefició, detallaron cuales son los criterios de inclusión para acceder al
mismo:
Ingreso total por mes del grupo conviviente en base a
parámetros de criticidad social, a definir por la SUSEPU; ser
beneficiario/a (o titular) de programas sociales, estar inscripto en el Régimen
de Monotributo Social; ser empleado/a de servicios domésticos (Ley 26.844); ser
desocupado estar percibiendo el seguro de desempleo; ser titular de una pensión
vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, y titular o integrantes del
grupo conviviente con discapacidad acreditada mediante certificación expedida
por el Ministerio de Salud de la Provincia.
Mientras que entre los criterios de exclusión se
encuentran: que entre los miembros del grupo conviviente sean propietarios
de más de un inmueble; que algún miembro del grupo conviviente sea propietario
de un vehículo automotor cuyo modelo tenga hasta cinto (5) años de antigüedad.
La SuSePu podrá analizar casos especiales o excepcionales y de exclusión.
COMENTARIOS
No han dejado comentarios
Escriba su comentario