- 29 de enero de 2019
A partir de la Ley 5273, se dispuso la creación en el ámbito de la provincia del Registro de Deudores Alimentarios Morosos RE.D.A.M.
De esta manera, el Registro Provincial es el que recepciona
los oficios remitidos por los Juzgados de familia, para luego registrarlos en
la plataforma digital y en los Libros
Oficiales del RE.D.A.M.
A través del Decreto Reglamentario 4655-G-2017 se estableció
que el RE.D.A.M. tendrá como autoridad de aplicación a la Secretaría de
Justicia, con su titular el Dr. Ernesto Daniel Suarez, y como coordinador del
registro, al Dr. Federico González.
En el caso de las inscripciones, modificaciones o bajas al
Registro, se producirán únicamente por orden judicial. De esta manera, las
inscripciones se extinguirán por orden de la autoridad que dispuso la medida o
por declaración judicial de nulidad o falsedad del documento registrado.
Mientras que, la inscripción caducará a los 5 (CINCO) años de la fecha del
asiento, transcurrido dicho lapso, la misma se tendrá por inexistente.
El RE.D.A.M tiene dos funciones específicas, una es llevar
adelante el registro de todas aquellas personas que adeuden TOTAL o
PARCIALMENTE cuotas alimentarias a menores o personas discapacitadas, que rige
a partir de las 3 (tres) Cuotas alimentarias CONSECUTIVAS o 5 (cinco) Cuotas
alimentarias ALTERNADAS. Y por otro lado,
emite las constancias de si una
persona se encuentra o no en el registro.
Para tramitar la Solicitud
de Certificados por Internet se debe entrar a la página
www.secjusticia.Jujuy.gob.ar y para más información se debe ingresar a la
dirección de Facebook https://www.facebook.com/secdejusticia/
Por otro lado, el Secretario de Justicia, Ernesto Daniel
Suarez y el encargado del RE.D.A.M. Federico Gonzales, vieron como positiva la
aprobación de la ordenanza N° 7266, referente a que la Municipalidad no
otorgará, transferirá, o autorizará a registrar de manera definitiva las
habitaciones, concesiones, licencias y permisos a quienes se encuentren
incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos previsto por la ley
provincial N° 5273.
En tanto, el Secretario de Justicia, Daniel Suarez, expresó
“con la implementación del Registro Provincial buscamos llevar justicia a
niños, niñas y adolescentes que terminan en medio de disputas entre sus
padres”. De esta manera, se procura proteger los intereses de niños y
adolescentes destinatarios de la cuota alimentaria, de acuerdo a los postulados
de la Convención de los Derechos del Niño.
El Registro
provincial dependiente de la Secretaria de Justicia, del Ministerio de Gobierno
y Justicia, funciona en la calle Lamadrid N° 349, Barrio Centro de San Salvador
de Jujuy, en el horario de 8 a 20 horas, y en las redes sociales www.facebook.com/secdejusticia/
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