- 02 de julio de 2025
Hecho perpetrado contra su hija en la ciudad de San Pedro de Jujuy.
Un hombre identificado como C.F.V. fue condenado a la pena
de once años de prisión por ser considerado autor material y penalmente
responsable del delito de “Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser
el hecho cometido por un ascendiente y por ser cometido contra un menor de 18
años aprovechando la situación de convivencia”.
La sentencia fue dictada ayer 30 de junio de 2025, por el
Tribunal con Función de Juicio integrado por las juezas Dras. María Margarita
Nallar –presidenta de trámite-, Ana Carolina Pérez Rojas y Cecilia Sadir;
secretaría a cargo de la Dra. Silvia Andrea Meriles Lello.
Las magistradas además impusieron al sentenciado C.F.V., por
el término de la condena, la restricción de cualquier tipo de acercamiento y
ejercer cualquier tipo de acto perturbatorio contra su hija por cualquier medio
(telefónico, mensajes, WhatsApp o redes sociales).
Asimismo, ordenaron que una vez firme la sentencia, se
obtengan los perfiles genéticos del condenado a los efectos de su incorporación
al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la
Integridad Sexual.
Los hechos
Según la requisitoria de la Fiscalía los hechos que llevaron
a juicio a C.F.V ocurrieron en un período de tiempo que no se pudo establecer
con exactitud hasta el estadio de la investigación, pero habrían tenido lugar
durante los meses de agosto a octubre del año 2023, en horas de la noche.
En esos momentos, el acusado ingresaba a la habitación donde
dormía su hija, de 12 años de edad al momento de los hechos, en el domicilio
que compartían en San Pedro de Jujuy, y abusaba sexualmente de ella, actos que
se repetían a diario.
A su vez, el imputado amenazaba a la víctima diciéndole que
si contaba lo sucedido ambos morirían.
Como Fiscales ante el Tribunal, se desempeñaron los Dres.
José Alfredo Blanco y Agustín Jarma; mientras que, la querella estuvo representada
por el Dr. Luis Eduardo Rojas del Centro de Asistencia a la Víctima.
Por su parte, las abogadas defensoras del acusado fueron las
Dras. Alejandra Noemí Cejas y Silvina Soledad Llanes.
La sentencia en su totalidad y sus fundamentos serán
registrados en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la
Provincia en el Sistema de Gestión Judicial.
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