- 03 de septiembre de 2025
La Municipalidad de San Salvador de Jujuy informa que continúa vigente la exención del Impuesto Automotor para vehículos con más de 25 años de antigüedad, según lo establecido por la Ordenanza Nº 8122/2024.
Esta medida beneficia a los propietarios de vehículos cuya
inscripción inicial sea anterior al 31 de diciembre del año 2000, siempre que
cumplan con los requisitos estipulados para su correcta clasificación.
¿Quiénes pueden acceder a la exención?
De acuerdo con la normativa, la exención aplica a los
siguientes tipos de vehículos:
Automóviles: vehículos de pasajeros con capacidad para hasta
8 personas.
Vehículos particulares: utilizados para uso personal o
familiar.
Vehículos de pasajeros: diseñados para transportar personas.
Según la Ley Nacional de Tránsito, también se incluyen:
Categoría A: Motocicletas y ciclomotores de baja a media
cilindrada (50 cc a 200 cc).
Categoría B: Automóviles y vehículos de pasajeros.
¿Cómo acceder al beneficio?
Los interesados deben seguir los siguientes pasos:
Verificar que la inscripción inicial del vehículo sea
anterior al 31 de diciembre de 2000 (puede consultarse en la cédula o título de
propiedad).
Comprobar que el vehículo no tenga deudas del Impuesto
Automotor ni infracciones de tránsito al momento de solicitar la exención.
Solicitar un Libre Deuda de infracción en el Juzgado de
Faltas.
Presentar en la Dirección de Rentas (Hipólito Yrigoyen Nº
1328) una nota solicitando la exención, acompañada de:Copia del título automotor
y Copia del Libre Deuda de infracción.
También puede enviarse toda la documentación por correo
electrónico a rentasmunijujuy@gmail.com, con el asunto: “Exención según
Ordenanza Nº 8122/2024”. En ambos casos, se deben incluir los siguientes datos
personales:Nombre completo; Teléfono; Correo electrónico (a través del cual se
notificará la recepción, aprobación o rechazo de la solicitud).
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